¿Por qué es importante?
El cierre de las minas es un área de creciente importancia y se espera una planificación adecuada en las etapas tempranas del proyecto para el desarrollo de las operaciones mineras. A fin de obtener las aprobaciones requeridas para iniciar las operaciones es necesario proporcionar una garantía adecuada al organismo regulador y a los principales stakeholders (partes interesadas), de que se puede lograr el cierre exitoso de la mina.
En cada jurisdicción hay una serie de obligaciones legales relacionadas con el cierre de las minas que deben cumplirse a lo largo de la vida útil de la mina. En los últimos años, han aumentado los reglamentos que exigen específicamente la planificación para el cierre de las minas en la etapa inicial de las operaciones mineras.
En adición de las normas mínimas establecidas por la legislación, una planificación adecuada para el cierre de las minas puede aportar los siguientes beneficios:
- Si bien la planificación temprana para el cierre puede implicar mayores costos iniciales, también puede reducir el costo final del cierre y aumentar las probabilidades de éxito en la etapa de rehabilitación del terreno.
- Es útil obtener la aceptación de los principales stakeholders y una licencia social para operar que pueda conducir al ejercicio positivo de la discrecionalidad en la obtención de las aprobaciones.
- El cierre progresivo de las minas reduce el riesgo financiero de la empresa relacionado al cierre y puede resultar en la disminución de los requisitos de los organismos reguladores.
- Evita las obligaciones que se generan en un cierre de mina deficiente.
- Minimiza el riesgo de que los organismos reguladores intervengan, eliminando el control del operador sobre el sitio.
¿Cuáles son las obligaciones de las organizaciones mineras al momento de cerrar las minas?
En cada jurisdicción existen numerosas obligaciones legales generales relacionadas con el cierre que se derivan de la legislación y de los principios del derecho tradicional, por ejemplo, la legislación sobre el medio ambiente y los lugares contaminados o las leyes sobre daños, perjuicios y negligencia. Además, existen requisitos específicos para que las empresas aborden el cierre de las minas en los procesos de aprobación minera y ambiental.
Lo más común es que las empresas tengan que presentar un plan general de minería antes de comenzar las operaciones mineras, en éste se debe incluir el cierre de la mina. Sin embargo, actualmente la mayoría de las jurisdicciones están buscando seguir los pasos de Australia Occidental (Western Australia, WA), que modificó la Ley de Minería de 1978 en julio de 2011 para exigir en la etapa inicial la planificación del cierre de las minas y dar fuerza legislativa a las directrices prescriptivas para la preparación de los planes de cierre de las minas. Estos nuevos requisitos se imponen no sólo a las nuevas operaciones, sino también a todos los yacimientos mineros existentes en Australia Occidental que operan de conformidad con la Ley de Minería.
¿Cuáles son los asuntos legales clave cuando se preparan los planes de cierre de minas?
A través de nuestra experiencia en la revisión de los planes para el cierre de las minas, tenemos los siguientes consejos para los operadores que están preparando sus planes de cierre.
a. Asuntos de cumplimiento
Pueden surgir problemas significativos de cumplimiento al preparar los planes de cierre de las minas. La descripción de las actividades realizadas y del método de cierre propuesto pondrá de relieve si hasta la fecha se ha cumplido con la legislación y los requisitos de aprobación.
Se debe tener cuidado con el lenguaje utilizado para evitar alarmas innecesarias. Deberían revisarse los compromisos, ya que los organismos reguladores pueden exigir una justificación para modificar el método de cierre en el futuro.
b. Criterios para la finalización o cese de las operaciones mineras
La mayoría de los regímenes regulatorios requieren que se desarrollen criterios de finalización como parte de la documentación de las obligaciones para el cierre de las minas. Debe alcanzarse un equilibrio entre el establecimiento de criterios de finalización que sean mensurables y alcanzables, a fin de garantizar que pueda demostrarse el cumplimiento, al tiempo que se permite una gestión adaptable si cambian las circunstancias y las prioridades, a medida que se desarrollan la tecnología, la investigación y los ensayos.
Cuando las garantías financieras exigidas por el organismo regulador se basan en una estimación de la responsabilidad de rehabilitación del sitio, la existencia de criterios claros de finalización ayudará a garantizar que esta responsabilidad pueda reducirse con respecto a las zonas que hayan sido rehabilitadas.
c. Registro de las obligaciones legales
Según la ubicación del proyecto, existen requisitos específicos para preparar el registro de todas las obligaciones legales basadas en la ley como parte de la planificación del cierre de las minas. La intención de este registro es capturar todas las obligaciones legales relevantes para el cierre que se han impuesto a una mina a través de los diversos procesos de aprobación.
A menudo es un proceso complicado navegar por los numerosos documentos de aprobación, para determinar de dónde proceden las obligaciones pertinentes y lo que constituye realmente una obligación legal “relevante para la rehabilitación y el cierre”. Se recomienda la revisión legal y el uso de las calificaciones apropiadas para garantizar que los compromisos se representen con precisión.
d. Uso de la tierra en la etapa posterior a la explotación minera
El uso de la tierra en la etapa posterior a la explotación minera será la base para la elaboración de los criterios de finalización e indicadores de desempeño. Por lo tanto, cuanto mayor sea la sensibilidad del uso futuro, mayores serán los estándares de reparación que podrían esperarse, desde el punto de vista práctico y legal. En particular, las declaraciones sobre el uso futuro, sobre quién será responsable de la reparación y sobre qué norma deben redactarse cuidadosamente.
e. Cese de las operaciones mineras
Al considerar el cese de las operaciones mineras, los organismos reguladores buscarán que se deje un terreno que sea seguro, estable, no contaminante y que contenga un ecosistema nativo autosostenible o donde se pueda dar un uso alternativo a la tierra. Se debe redactar un plan de cierre de las minas y, en particular, los criterios del cierre con miras al postcierre.
En la práctica, las dificultades pueden surgir por la mala gestión ambiental de una mina, la falta de disponibilidad de información técnica adecuada, los inadecuados ensayos de rehabilitación y monitoreo pero también pueden ser el resultado de asumir compromisos que no han sido debidamente considerados y cuidadosamente redactados.
f. Sitios contaminados
El plan de cierre de minas debe alinearse con las estrategias de gestión para sitios contaminados. Las áreas contaminadas también deben ser consideradas al determinar el uso de la tierra en la etapa posterior a la explotación minera ya que es improbable que el regulador acepte el uso pastoral en el suelo con contaminantes significativos presentes sin la solución apropiada.
g. Compensaciones
Pueden surgir complicaciones al tratar con las compensaciones ambientales y los requisitos asociados al monitoreo de largo plazo, mientras a la vez se permite que el cese de las operaciones mineras ocurra tan pronto como sea posible.
h. Información confidencial
En algunas jurisdicciones, los documentos de aprobación, incluidos los planes para el cierre de las minas, se ponen a disposición del público. Cualquier información que se requiera incluir que sea de naturaleza confidencial debe ser identificada para que no se incluya en el documento público.
Texto adaptado de: lexology.com
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